C.4.1.
INSECTOS Y ROEDORES.
Los insectos y roedores constituyen un peligro sanitario pues actúan
como vectores de microorganismos patógenos.
Cada empresa dispondrá de un plan de desinsectación y desratización
detallado que corresponda a sus necesidades.
PLAN
DE DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACION
Consideraciones:
Deberá aplicarse un
programa eficaz y continuo de lucha contra las plagas, puesto en práctica por
un equipo interno o externo con autorización legal para este fin.
Las empresas que realicen planes de desratización y desinsectación
deberán estar inscritas en el Registro de Establecimientos y Servicios de
Plaguicidas de la Comunidad Autónoma correspondiente.
El plan especificará la identificación del equipo de trabajo, tareas,
frecuencia de aplicación, material y productos que van a ser empleados, método
de aplicación y precauciones de seguridad.
Productos
empleados en la desinsectación y desratización:
El uso de insecticidas y/o
raticidas se realizará de modo que no transmita contaminantes a los productos
hortofrutícolas; éstos agentes deberán cumplir las normas vigentes y estar
autorizados para su empleo en la industria alimentaria por el correspondiente
registro sanitario.
Vigilancia
del plan:
Se inspeccionarán periódicamente
los almacenes de manipulado y envasado y zonas circundantes para asegurarse que
no existe infestación, con especial atención a las zonas de almacenamiento de
cartones y embalajes, zonas donde se depositen los desechos, etc y se tendrá
constancia por escrito de dichas inspecciones.
En caso de que el plan no haya tenido la eficacia esperada, se aplicarán
medidas urgentes de erradicación, que igualmente se reflejarán por escrito y
se revisará el plan.
Observaciones
respecto al plan:
Se diseñarán las instalaciones de forma que se evite la entrada de
roedores e insectos.
Se protegerán las ventanas con mallas o mosquiteros, que serán de fácil
limpieza y las puertas de acceso se diseñarán de tal forma que se impida la
entrada de animales.
En la medida de lo posible se mantendrán las puertas cerradas.
Cuando las conducciones atraviesen paredes, suelos y techos, éstas no
permitirán la entrada de insectos y roedores. Así mismo, se protegerán los
desagües, agujeros, grietas o cualquier zona que presente un peligro para la
entrada de éstos.
Cuando se utilicen trampas luminosas para insectos, éstas no se situarán
nunca sobre equipos y líneas de manipulado y envasado. Los cebos raticidas
estarán debidamente señalizados.
C.4.2. PÁJAROS
Y OTROS ANIMALES.
Los pájaros pueden ser portadores de enfermedades, por lo que deben
tomarse medidas efectivas para excluir su entrada a las instalaciones e impedir
su nidificación y pernocta. Las ventanas y puertas deberán protegerse y las
puertas mantenerse cerradas excepto en los momentos de carga y descarga del
producto.
Así mismo, estará prohibida la entrada de cualquier tipo de animal en
las instalaciones.
D.1.2.
ALAMACENAMIENTO DE PRODUCTOS HORTOFRUTÍCOLAS.
Un producto en condiciones normales, intacto, de buena calidad, es más
resistente a la contaminación microbiana y a la transmisión de ésta, por lo
que se recomienda mantener unas condiciones ambientales (temperatura, gases y/o
humedad relativa) adecuadas durante el almacenamiento de éste. Se aconseja
mantener un registro de los parámetros ambientales que se controlen,
especialmente en el caso de almacenamiento frigorífico.
Cada empresa elaborará recomendaciones de buenas prácticas de
almacenaje donde se especificarán las recomendaciones de apilado, formas de
manejo y disposición de los envases. En dichas recomendaciones, se reflejarán
medidas para evitar la congelación indeseada de productos en las superficies
desprotegidas de los envases, la formación de bolsas de dióxido de carbono y
la formación de bolsas de calor en el interior de las cámaras.
Las recomendaciones de buenas prácticas de almacenaje deberán estar por
escrito y accesibles al personal designado para estas tareas.
Los productos almacenados se distribuirán de forma tal que guarden
distancias mínimas entre ellos:
a)en
el caso de convección natural: 10 cm con paredes, 30 cm con
las superficies de los serpentines.
b)en
el caso de sistemas de ventilación forzada: 10 cm con los suelos, 50 cm con los
techos y 150 cm con los evaporadores.
En ambos casos, se debe prever así mismo pasillos o espacios libres que
permitan las visitas de inspección de las cargas.
D.2.
ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS.
Las zonas de almacenamiento de productos químicos deberán estar bien
ventiladas, separadas de productos hortofrutícolas y envases, y serán
manipulados únicamente por el personal designado por la empresa.
D.3.
ALMACENAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE DESECHOS.
El material de desecho, producto podrido o deteriorado, deberá
manipularse de manera que se evite la contaminación de los productos hortofrutícolas,
envases o del agua potable.
Almacenamiento:
El
almacenamiento de los desechos se realizará en recipientes exclusivos para este
fin, metálicos o de otros materiales herméticos con tapas que ajusten bien y fáciles
de abrir.
Eliminación:
Los desechos deberán
retirarse de las zonas de manipulación de alimentos y otras zonas con la
frecuencia que sea necesario, y por lo menos una vez al día.
Inmediatamente después de la evacuación de los desechos, los
recipientes utilizados para su almacenamiento y todo el equipo que haya entrado
en contacto con ellos, deberán ser higienizados. La zona de almacenamiento de
desechos deberá asimismo limpiarse y desinfectarse.